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Resolución de la Alcaldía nº 236 de fecha 3 de Agosto de 2011
Corrección errores de las bases de la convocatoria pública para la contratación laboral temporal de director monitor y personal de apoyo del taller de especialización profesional " San Isidro", del Ayuntamiento de Cenizate
Habiendo sido observados errores en las bases de la convocatoria pública para la contratación laboral temporal de director, monitor y personal de apoyo del taller de especialización profesional “San Isidro” del Ayuntamiento de Cenizate, formuladas por los servicios del Sepecam, entendiendo que la corrección no afecta al contenido elemental de las bases aprobadas mediante resolución de la Alcaldía nº 222 de fecha 15 de Julio de 2011, se procede a la corrección de errores, quedando estas correcciones de la siguiente manera:
1ª.- En la base segunda de requisitos de los aspirantes, en el apartado B) de requisitos específicos, en la letra b), en la segunda línea se incluye la letra que entre las letras “plaza y requieran”, quedando el párrafo con el siguiente texto: “Reunir los requisitos específicos que figuran en el Anexo I para aquellas plazas que no requieran titulación académica.
2ª.- En el anexo II, en el apartado de la pruebas selectivas a realizar para cada una de las plazas de la convocatoria, en la plaza para monitor de asistencia geriátrica, en el punto 1.2.2. de valoración de experiencia profesional, en el primer párrafo posterior a la valoración máxima de puntos, entre la palabras “completa y en” se suprime la palabra …como…, quedando el párrafo completo con el siguiente texto: “Por cada mes trabajado a jornada completa en Programas de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Talleres de Empleo. Por trabajos específicos de Dirección de Programas similares. Por trabajos desarrollados en función de su titulación donde el aspirante hubiere tenido relación con personas mayores, minusválidas y dependientes: 0,05 puntos.”
3ª.- En el apartado 3 de auxiliar administrativo, el primer párrafo se modifica quedando con el siguiente texto: “Constará de 2 pruebas. Solo podrán acceder a la segunda prueba los aspirantes que hayan obtenido al menos 3,00 puntos en la primera prueba”.
4ª.- En el apartado 3 de auxiliar administrativo, se suprime el apartado 3.1. íntegro.
5º.- En el apartado 3 de auxiliar administrativo, se modifica el párrafo segundo íntegro, cuyo texto queda de la siguiente manera: Orden de 09 de noviembre de 2010 de la Consejería de Empleo, Igualdad y Juventud, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la Acción Local y Autonómica para el Empleo en Castilla La Mancha en 2011. (Diario Oficial de Castilla La Mancha nº 219 de 12 de noviembre de 2010)
Se aprueba la modificación adjunta, con fecha de hoy, de la que se dará cuenta inmediata en la próxima sesión que celebre el Pleno y será expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Cenizate, a 3 de Agosto de 2011
EL ALCALDE